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02-05-2008

Congreso promulga ley que aumenta a 8 años tiempo de vigencia del DNI

El Parlamento oficializó la norma que extiende el tiempo de caducidad del Documento Nacional de Identidad (DNI) de seis a ocho años. La medida se aplicará para los documentos emitidos a partir de la entrada en vigencia de la norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano. 

La ley establece el documento de identidad por vencerse antes de la entrada en funcionamiento de la ley continuará utilizando la norma anterior, es decir, su tiempo de caducidad será de seis años.

 

La falta de actualización de los datos del documento, así como los cambios de estado civil del titular o de su decisión de donar órganos después de su muerte, no genera la invalidez del DNI, sino el pago de una multa de siete soles (0.2% UIT), precisa la norma.

En este caso se exonera del pago a quienes se encuentren en situación de extrema pobreza.

La invalidez del DNI surge cuando este sufre de deterioro considerable por cambios de nombre por alteraciones sustanciales en la apariencia física que originen que la fotografía pierda valor identificatorio. En ese caso el Reniec emitirá un nuevo documento con los cambios necesarios.

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